CUANDO LA DIFERENCIA ENTRE PLANTAR UN ÁRBOL Y HACERLO CRECER PARECE SER UNA POLÍTICA INNOVADORA:EL

DANTE AVARO (17 de febrero de 2019)

Supongamos que Usted es parte de un colectivo de artistas que se han especializado en montar espectáculos de humor irónico y ácido. Hace años que lo hacen, le va relativamente bien, incluso exportan su espectáculo lo cual genera una enorme masa de divisas que luego se canaliza a toda la economía del país. Cierto día la Dirección Nacional de Risas, Felicidad y Bienestar se percata que el humor ácido genera una enorme externalidad negativa en la sociedad, externalidad que afecta tanto el funcionamiento actual como también el futuro. El Congreso toma cartas en el asunto, legisla y le encarga a dicha Dirección Nacional la reglamentación e implementación de la ley. Usted y sus colegas quedan públicamente notificados y tienen que iniciar una serie de trámites. Al cabo de un tiempo Usted recibe una notificación que grosso modo dice así: ─Luego de haber analizado minuciosamente la sala en la que lleva adelante su espectáculo, sus mecanismos de producción-venta y los niveles de externalidad negativa que ha causado y sigue generando le informamos que Usted tiene que contar cincuenta chistes pasatistas a modo de resarcimiento, es decir, para revertir los impactos negativos que usted genera en la sociedad. En documento anexo le informamos en qué momento del espectáculo tiene que contar los chistes, qué chistes son y a quién tiene que pagarle los derechos de autor por esos chistes. Me imagino que Usted no sólo estaría asombrado, sino también irritado, pero todavía no acaba ahí el asunto. ─Además, continúa la notificación, tiene que salir a buscar el público para esos cincuenta chistes y asegurarse que se rían. (Las palabras “buscar”, “asegurarse” y “rían”están en negritas en el original). ─Sólo así, remata la notificación gubernamental, estaremos seguros de revertir la externalidad negativa que Usted ha causado. ¿Le parece desopilante? Cambie “humorista especializado en chistes irónicos” por propietario de inmuebles rurales, suplante “chistes pasatistas” por árboles nativos y/o endémicos, sustituya “asegurarse que se rían” por plantar árboles y hacerlos crecer sanos y fuertes, finalmente coloque Secretaría de Agricultura y Ganadería de la Provincia de Córdoba en lugar de Dirección Nacional y el cuadro estará completo.

Lo anterior viene a cuento porque la Legislatura de Córdoba sancionó con fuerza de ley (Ley N. 10.467 con fecha 2 de agosto de 2017) un plan para forestar el territorio provincial. La provincia de Córdoba tiene alrededor 16 millones y medio de hectáreas y la ley establece que el espacio forestado debe oscilar entre un 2-5% de la superficie provincial. El Ministerio de Agricultura y Ganadería de la provincia de Córdoba, quien tiene la responsabilidad de implementar la ley, prevé que en un lapso de 10 años la provincia cuente con 100 mil hectáreas forestadas. Resumiendo, la ley obliga a los titulares (dueños) de los inmuebles rurales plantar y hacer crecer una cantidad finita pero inimaginable de árboles.

Esta ley puede disgustar a unos y satisfacer a otros, sin embargo, los ciudadanos cordobeses pueden, no sin manifestar diferencias, acordar que los propietarios de los inmuebles rurales han obtenido beneficios que los conmina a asumir un compromiso público frente a la sociedad presente y futura no sólo sobre el cuidado y protección del medio ambiente, sino también acerca de una explotación razonable de los recursos naturales y un manejo responsable de los recursos no renovables. Hasta los cordobeses pueden acordar que en el corto plazo el costo de oportunidad generará una pérdida de ingresos fiscales que tendrán, seguramente, que ser compensados con mayores alícuotas o nuevos tributos. Sin embargo, más allá de los anteriores hipotéticos acuerdos, desde una perspectiva político-económica esta ley abre un interrogante interesante. Normalmente, la sociedad, por medio de sus gobiernos, cuando desea corregir una externalidad negativa suele cobrar un impuesto, canon o tasa con la finalidad de resarcir los males ocasionados por particulares hacia la sociedad como un todo. Ese resarcimiento (impuesto, canon o tasa) puede calcularse sobre ingresos ya devengados o por devengar, pero casi nunca el gobierno obliga con fuerza de ley a que los particulares produzcan un bien público. Y los gobiernos no suelen hacerlo, entre otras cosas, porque los particulares no suelen tener bajo su control todas las variables requeridas para asegurar la producción del bien en cuestión. Aquí radica la innovación, pero también el riesgo que corre la implementación de la ley en la provincia de Córdoba.

Aunque los propietarios de los inmuebles rurales tengan diez años para cumplir con el plan de forestación hay preguntas que surgen inevitablemente: ¿quién va a asegurar la oferta de árboles? ¿Quién va a controlar la calidad y el precio? ¿Cuánto cuesta un árbol endémico? ¿Quién se va a encargar de asegurar su abasto y distribución? ¿Van a existir precios máximos? ¿Qué sucederá si no hay una oferta adecuada y a precios razonables de árboles? ¿Quién tiene la responsabilidad de planificar la oferta? ¿El Estado provincial o el mercado? ¿Van a existir subsidios a la producción de árboles? ¿Quién va a controlar esos subsidios? ¿Quién va a ser beneficiario de los mismos? Las preguntas son muchas, el silencio gubernamental es sólido.

El gobierno, según la ley, está facultado a cobrar multas y hasta podrá, llegado el caso, impedir que los dueños de los inmuebles rurales puedan disponer libremente de sus activos (p.e. obligarlos a regularizar la situación para poder disponer de sus propiedades), sin embargo, lo que el Estado provincial no podrá hacer es asegurarse que los arbolitos crezcan sanos y fuertes. Hacer crecer los árboles significa lo mismo que nuestro imaginario actor no sólo tenga que contar los chistes pasatistas, sino que además tiene que asegurarse que el público se ría de los mismos. Que los árboles crezcan sanos y fuertes, que es el objetivo fundamental del correctivo a la externalidad negativa, depende no sólo de las buenas intenciones del gobierno y de las capacidades-información que posean los dueños de la tierra, sino de múltiples factores, entre ellos climáticos, además de la oferta de retoños de buena calidad. Si la ley quiere dar en el blanco el gobierno de Córdoba no sólo tendrá que ejecutar su tarea de policía, sino que tendrá que acompañar a los propietarios de los inmuebles en la logística de los insumos, su calidad y distribución apropiada, además, claro está, de rogar por buenas condiciones climáticas. Por lo pronto ya extendieron la fecha límite para que los propietarios se notifiquen y hagan su declaración jurada, todo se postergo de diciembre de 2018 para mediados de este año. El tiempo dirá si la innovación es arriesgada o no, si se pueden obtener resultados ejemplificativos para otros sectores productivos o si sólo es viable en un mercado de competencia perfecta (los titulares de la tierra no pueden trasladar al precio su costo) y de alta regulación sobre la disponibilidad del capital.

Última actualización